Artículo 1489 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

El juez solo puede autorizar la venta de bienes a un precio inferior al costo más gastos posteriores cuando existe un informe pericial que demuestre que no es posible obtener un precio mayor. Esta norma protege el patrimonio al evitar que se vendan bienes a precios injustificadamente bajos sin antes verificar técnicamente que no hay alternativas mejores en el mercado.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El juez no autorizará la venta de los bienes indicados por precio menor al de costo, más los gastos posteriores, sino cuando de un informe pericial expreso se dedujere la imposibilidad de obtener precios superiores.