Artículo 1497 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Todos los acreedores, el interesado en el crédito disputado y el deudor conservan el derecho de impugnar la decisión ante la junta de reconocimiento si consideran que han sido perjudicados. La determinación del juez permanece vigente hasta que se dicte una resolución definitiva sobre el asunto.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Esta resolución deja a salvo el derecho de todos y cada uno de los acreedores de la quiebra, el del interesado en el crédito controvertido y el del deudor para que, si se sintieren agraviados, usen de él en justicia en la junta de reconocimiento. Mientras no se resuelva en definitiva, subsistirá la determinación del juez.