Artículo 1585 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

El juez revisa que la propuesta de convenio cumpla con todos los requisitos legales y luego escucha a los acreedores e interesados que lo soliciten en audiencia. Finalmente, el juez decide si el monto ofrecido es razonable según las capacidades del deudor y si las garantías presentadas son suficientes para asegurar el cumplimiento del acuerdo.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El juez examinará la proposición de convenio, y si se han cumplido todas las normas legales aplicables, oirá en la audiencia a los acreedores e interesados que lo soliciten y resolverá acerca de si la suma ofrecida no resulta inferior a las posibilidades del deudor, así como sobre la suficiencia de las garantías de cumplimiento que se hayan dado.