Artículo 1599 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

El síndico debe solicitar autorización al juez para entregar al deudor todos sus bienes, efectos, libros y documentos una vez que el convenio sea firme, realizando un inventario detallado de lo entregado. El juez debe conceder esta autorización sin demora una vez que el acuerdo sea definitivo.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El síndico, en su caso, solicitará del juez autorización y este la concederá, tan pronto sea firme el convenio, para entregar al deudor mediante inventario todos los bienes, efectos, libros y papeles que le correspondan.