Artículo 1602 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
El deudor asume la posición jurídica de la masa, ejerciendo todos los derechos y cumpliendo con las obligaciones que le corresponden. De esta manera, el deudor se convierte en el responsable directo ante los acreedores y terceros interesados en los asuntos relacionados con la masa o herencia.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La masa queda sustituida por el deudor en cuanto al ejercicio de derechos y cumplimiento de las obligaciones de aquella.