Artículo 1655 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
El deudor puede seguir administrando sus bienes y continuar con las operaciones normales de su negocio mientras dure el procedimiento, pero todo esto ocurre bajo la supervisión del síndico. Esta disposición permite que la empresa no se paralice completamente durante el proceso, manteniendo su funcionamiento básico de forma vigilada.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Durante el procedimiento, el deudor conserva la administración de los bienes y continuará las operaciones ordinarias de su empresa bajo la vigilancia del síndico.