Artículo 1688 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
La prescripción solo puede ser considerada por el juez si la parte interesada la presenta como defensa durante el proceso; el juez no puede declararla de manera automática sin que alguien la invoque. Esto significa que la prescripción es una excepción que debe ser alegada expresamente por quien se beneficia de ella, generalmente el demandado.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El juez no podrá considerar de oficio la prescripción que no se hubiere opuesto.