Artículo 178 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
La orden del día debe incluir todos los asuntos que se someterán a discusión y aprobación en la asamblea general, siendo responsabilidad de quien convoca su redacción. Las personas con derecho a solicitar la convocatoria de la asamblea también pueden pedir que se incluyan puntos específicos en el orden del día.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
En la orden del día deberá contenerse la relación de los asuntos que serán sometidos a la discusión y aprobación de la asamblea general y será redactada por quien haga la convocatoria.
Quienes tengan derecho a pedir la convocatoria de la asamblea general, lo tienen también para pedir que figuren determinados puntos en el orden del día.