Artículo 223 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
Los administradores tienen la responsabilidad de dirigir y supervisar la gestión del gerente, incluso cuando este ha sido designado por la asamblea conforme a los estatutos. Los administradores responden ante la sociedad por cualquier daño que cause el gerente si actúan con dolo o culpa al incumplir sus deberes de dirección y vigilancia.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Aunque el gerente haya sido designado por la asamblea y con arreglo a los estatutos, corresponde a los administradores la dirección y vigilancia de su gestión y responderán de los daños que la actuación del gerente ocasione a la sociedad, si faltaren con dolo o culpa a estos deberes.