Artículo 227 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Los administradores de una empresa solo pueden ser demandados por responsabilidad cuando la asamblea general de accionistas lo decide y designa a alguien para ejercer esa acción legal. Esta regla tiene una excepción establecida en el artículo siguiente.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La responsabilidad de los administradores solo podrá ser exigida por acuerdo de la asamblea general de accionistas, la que designará la persona que haya de ejercer la acción correspondiente, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente.