Artículo 236 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Los comisarios tienen la responsabilidad personal de cumplir con todas las obligaciones que la ley y los estatutos de la sociedad les exigen. Esta responsabilidad es individual, lo que significa que cada comisario responde por sus propios actos ante la sociedad. Por lo tanto, los comisarios no pueden evadir sus obligaciones ni transferir su responsabilidad a otros.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Los comisarios serán individualmente responsables para con la sociedad por el cumplimiento de las obligaciones que la ley y los estatutos les imponen.