Artículo 250 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
La reducción del capital social de una empresa puede realizarse disminuyendo el valor de todas las acciones o eliminando algunas de ellas. Tanto el acuerdo de reducción como su ejecución deben ser registrados ante el Registro Público de Comercio para que tengan validez legal.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El capital social podrá reducirse por disminución del valor nominal de todas las acciones o por amortización de algunas de ellas.
El acuerdo de reducción, como su ejecución, deberán ser inscritos en el Registro Público de Comercio.