Artículo 292 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

La escritura social debe incluir los requisitos generales del artículo 14, además de establecer el régimen de responsabilidad de los socios, el valor y desembolso mínimo de los certificados, y las modalidades de pago y devolución de su valor en caso de separación o exclusión. También debe contener la valoración de los bienes aportados, los requisitos para admitir, separar o excluir socios, y cualquier otra estipulación que las partes consideren necesaria.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

En la escritura social se harán constar los requisitos generales indicados en el artículo 14 y además, el régimen de responsabilidad, el valor de los certificados, el desembolso, mínimo de estos, la forma de pago y de devolución de su valor en los casos de separación o exclusión del socio; el régimen y la valoración de los bienes aportados; los requisitos y condiciones para la admisión, separación y exclusión de socios y las demás estipulaciones que se crean convenientes.