Artículo 321 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
El retiro o exclusión de un socio con responsabilidad ilimitada solo es válido frente a terceros a partir del momento en que se registra oficialmente en el Registro Público de Comercio. Antes de esa inscripción, el socio sigue siendo considerado responsable ante terceros por las obligaciones de la sociedad. Esta norma protege a los terceros que contratan con la empresa, asegurando que tengan conocimiento certero de quiénes son los socios responsables.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La exclusión o el retiro de socios de responsabilidad ilimitada, no surtirá efectos frente a terceros, sino desde la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.