Artículo 322 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Una sociedad se disuelve completamente cuando termina el plazo establecido en su acta constitutiva, cuando es imposible o se logra el objetivo principal para el cual fue creada, o cuando el número de socios disminuye por debajo del mínimo legal. También se disuelve si pierde dos terceras partes de su capital social o si los socios acuerdan disolverla.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Las sociedades se disuelven totalmente por cualquiera de las siguientes causas:

Expiración del término señalado en la escritura constitutiva;Imposibilidad de realizar el fin principal de la sociedad, o consumación del mismo;Reducción de los socios a un número inferior al que la ley determina;Pérdida de las dos terceras (⅔) partes del capital social; y,Acuerdo de los socios.