Artículo 352 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Las sociedades constituidas bajo cualquiera de las cinco primeras formas legales reconocidas pueden cambiar a cualquier otra forma legal que exista en la ley. Además, estas sociedades tienen la opción de transformarse específicamente en sociedades de capital variable, lo que les permite modificar su estructura de capital sin necesidad de un nuevo acto constitutivo.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Las sociedades constituidas en alguna de las formas que establecen las fracciones 1 al 5 del artículo 13, podrán adoptar cualquier otro tipo legal. Asimismo, podrán transformarse en sociedades de capital variable.