Artículo 373 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

El agente puede ejecutar sus funciones de la manera que considere apropiada y tiene libertad para realizar otras actividades comerciales siempre que sean diferentes de las que desarrolla bajo el contrato de agencia, a menos que el contrato expresamente le prohíba esta diversificación de negocios.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El agente desarrollará sus actividades del modo que estime conveniente, y estará en libertad de dedicarse a cualquier otra clase de negocios, siempre que sean distintos de aquellos que realice en virtud de su contrato de agencia, salvo que en él se excluya esta prohibición.