Artículo 411 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
Cuando se presenta un documento en el Registro, se debe hacer un asiento en el Libro Diario ese mismo día, y todos los efectos legales de la inscripción se retrotraen a la fecha y hora de ese asiento inicial siempre que la inscripción se complete dentro de treinta días posteriores. La fecha y hora del asiento de presentación debe aparecer registrada en el asiento principal de la inscripción.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Al presentarse un documento en el Registro, en el acto se extenderá un breve asiento del mismo, en el Libro Diario.
Todos los efectos de la inscripción se retrotraen a la fecha y hora del asiento de presentación, siempre que aquella se practique dentro de los treinta (30) días siguientes a la de dicho asiento.
La fecha y hora del asiento de presentación deberá constar en el asiento principal.