Artículo 462 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
Cuando se modifica el texto de un documento firmado, quienes lo firmen después de la alteración quedan obligados por el texto modificado, mientras que los que firmaron antes se obligan únicamente por el texto original. Si no es posible determinar si una firma fue colocada antes o después de la alteración, se presume legalmente que fue antes de que se realizara el cambio.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
En caso de alteración del texto de un título, los signatarios posteriores a ella se obligan, según los términos del texto alterado, y los anteriores, conforme al texto original. Cuando no se pueda comprobar si una firma ha sido puesta antes o después de la alteración, se presume que lo fue antes.