Artículo 467 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
Los títulos en serie deben contar con un mínimo de dos firmas, siendo al menos una de ellas manuscrita o autógrafa. Esta disposición garantiza la autenticidad y responsabilidad en la emisión de estos documentos de valor.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Los títulos en serie llevarán dos (2) firmas, por lo menos, y una de ellas será autógrafa.