Artículo 526 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
El aval es una garantía mediante la cual una persona se compromete a responder por el pago de una letra de cambio en caso de que el deudor principal no lo haga. Esta garantía puede cubrir la totalidad de la deuda o solo una parte de ella. El avalista asume la responsabilidad solidaria de garantizar el cumplimiento de la obligación cambiaria.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Mediante el aval se garantiza en todo o en parte el pago de la letra de cambio.