Artículo 544 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

La aceptación por intervención ocurre cuando un tercero acepta una letra de cambio para evitar que el deudor principal sea protestado, lo que elimina la posibilidad de ejercer acciones legales contra los obligados en virtud de la falta de aceptación. Esta intervención opera como un mecanismo de protección que detiene los reclamos cambiarios relacionados con el rechazo del documento.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La aceptación por intervención extingue la acción cambiaria por falta de aceptación.