Artículo 552 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Cuando múltiples personas se ofrecen como terceros para intervenir en una obligación, se prefiere a aquella cuya intervención logra liberar del compromiso al mayor número de obligados. Esta preferencia busca favorecer la solución que beneficia más ampliamente a los deudores originales.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Si se presentaren varias personas ofreciendo su intervención como terceros, será preferida la que con la suya libere a mayor número de los obligados en la letra.