Artículo 555 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
El protesto es un acto oficial que certifica de manera auténtica que una letra de cambio fue presentada oportunamente y que el deudor rehusó aceptarla o pagarla, ya sea total o parcialmente. Este procedimiento es esencial en el derecho cambiario porque ningún otro acto puede reemplazar sus efectos legales, excepto cuando la ley expresamente lo permita.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El protesto establece en forma auténtica que una letra fue presentada en tiempo, y que el obligado dejó total o parcialmente de aceptarla o pagarla. Salvo disposición legal expresa, ningún otro acto puede suplir al protesto.