Artículo 630 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Los cheques de viajero emitidos o puestos en circulación tienen un plazo de prescripción de un año contado desde el momento en que se distribuyen al público. Después de este período de tiempo, ya no es posible ejercer acciones legales contra quien los expidió o los puso en circulación.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Las acciones cambiarias contra el que expida o ponga en circulación los cheques de viajero prescriben en un (1) año a partir de la fecha en que los cheques son puestos en circulación.