Artículo 631 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

El cheque se rige por las normas aplicables a otros títulos de crédito, especialmente en cuanto a su transmisión, presentación, protesto y responsabilidad de los obligados. Esta disposición incorpora al régimen del cheque reglas sobre endoso, vencimiento, legitimación del tenedor y obligaciones de los endosantes y avalistas, adaptando al cheque la regulación general de los instrumentos negociables.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Son aplicables al cheque, en lo conducente, los artículos 491, 505, 537, 558, párrafos segundo, tercero y cuarto; 559, párrafos segundo y tercero; 563, 564, 565, fracciones 2 y 3; 567, 571, 572, 574, 575, 586 y 589.