Artículo 635 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
El juez puede suspender los derechos que confiere un título si existe garantía suficiente, permitiendo al solicitante realizar actos para conservar esos derechos. Además, el juez autoriza al solicitante a ejercer los derechos que tengan plazo de vencimiento durante el procedimiento, siempre que cumpla con las restricciones y requisitos que el propio juez establezca.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El juez, si se otorga garantía suficiente, ordenará la suspensión de los derechos que el título confiera; autorizará al solicitante para realizar los actos conservatorios de tales derechos y, con las restricciones y requisitos que el propio juez señale, le facultará para hacer valer aquellos que tengan señalado para su ejercicio un término que se cumpla mientras dura el procedimiento.