Artículo 664 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
El derecho al nombre comercial termina cuando se vende o se transfiere el negocio o establecimiento al cual pertenece ese nombre. Esto significa que quien adquiere el negocio puede obtener también el derecho a usar ese nombre comercial, mientras que el propietario anterior pierde su derecho sobre él una vez que la negociación cambia de dueño.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El derecho al nombre comercial, se extingue con la negociación o establecimiento a que se aplique.