Artículo 679 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

La patente puede ser obtenida por el inventor que creó la invención, por sus herederos en caso de fallecimiento, o por cualquier persona a quien el inventor haya transferido sus derechos sobre la invención mediante cesión. Esto significa que los derechos de patente son transmisibles y pueden pasar a otras personas ya sea por herencia o por acto voluntario del titular.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La patente puede ser obtenida por el inventor, por sus herederos o por la persona a quien se haya hecho cesión de los respectivos derechos.