Artículo 681 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
Las patentes pueden ser otorgadas a nombre de dos o más personas de forma conjunta, siempre que estas lo soliciten expresamente. Esta disposición permite que la titularidad de una patente sea compartida entre múltiples inventores o solicitantes que actúen como copropietarios de la misma.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Las patentes podrán expedirse a nombre de dos (2) o más personas conjuntamente, si así lo solicitaren.