Artículo 681 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Las patentes pueden ser otorgadas a nombre de dos o más personas de forma conjunta, siempre que estas lo soliciten expresamente. Esta disposición permite que la titularidad de una patente sea compartida entre múltiples inventores o solicitantes que actúen como copropietarios de la misma.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Las patentes podrán expedirse a nombre de dos (2) o más personas conjuntamente, si así lo solicitaren.