Artículo 715 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Los contratos mercantiles que carecen de regulación específica en el Código de Comercio se rigen por los acuerdos entre las partes y las normas generales del mismo código. En caso de vacíos legales, se aplican las disposiciones del contrato mercantil más similar que esté regulado en el Código de Comercio o, subsidiariamente, en el Código Civil.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Los contratos mercantiles que no estén especialmente reglamentados en este Código, se regirán por las reglas generales y por las estipulaciones de las partes, y en lo que fueren causas, por las disposiciones del contrato con el que tengan más analogía de los reglamentados en este ordenamiento o en el Código Civil.