Artículo 751 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

En los contratos en los que participan más de dos partes, el incumplimiento de una de ellas no causa automáticamente la terminación del contrato, a menos que esa obligación sea fundamental según las circunstancias del caso. Esto significa que el contrato puede continuar vigente entre las partes restantes, aunque una de ellas no cumpla con sus obligaciones, siempre que lo incumplido no sea considerado esencial para el acuerdo.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La resolución de la obligación de una parte, en los contratos plurilaterales, no supone la resolución del mismo, de no ser aquella esencial, dadas las circunstancias.