Artículo 768 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
El vendedor tiene la obligación de entregar junto con la cosa vendida todos los documentos que sean necesarios para que el comprador pueda disfrutar de manera tranquila y sin problemas del bien adquirido, de acuerdo con el uso para el cual fue destinado. Estos documentos son esenciales para garantizar que el comprador ejerza plenamente sus derechos sobre la cosa sin obstáculos legales o administrativos.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El vendedor deberá entregar con la cosa los documentos necesarios para asegurar el pacífico goce de aquella según su destino.