Artículo 788 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
El conocimiento de embarque y el directo para viajes que comienzan por tierra tienen los mismos efectos que un conocimiento común, a menos que las partes acuerden lo contrario o exista una práctica comercial establecida. Sin embargo, el comprador asume todos los riesgos sobre las mercancías desde el momento en que las recibe el agente o transportista.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Salvo pacto o uso en contrario, el conocimiento recibido para embarque y el directo que sirva para el viaje que se inicie por tierra, se equiparán al común, pero los riesgos serán para el comprador desde el recibo de las mercancías por el agente o porteador.