Artículo 81 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Los acreedores de una sociedad tienen derecho a ejercer acciones de responsabilidad contra los administradores de la misma si estos han causado daño a la empresa. Cuando la sociedad entra en quiebra, es el síndico (representante designado en el proceso de insolvencia) quien tiene la facultad de ejecutar estas acciones en nombre de los acreedores.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La acción de responsabilidad contra los administradores, pertenece también a los acreedores sociales. En caso de quiebra, la ejecutará el síndico.