Artículo 877 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Si las partes acuerdan un monto máximo de crédito, ese límite incluye automáticamente los intereses, comisiones y gastos que debe pagar quien recibe el crédito, a menos que las partes hayan pactado algo diferente. Esto significa que el importe fijado es el techo total que comprende todos los costos asociados al crédito.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Si las partes fijaren límite al importe del crédito se entenderá, salvo pacto en contrario, que en él quedan comprendidos los intereses, comisiones y gastos que deba cubrir el acreditado.