Artículo 905 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
La apertura de crédito documentado se comunica al beneficiario a través de una carta de crédito que especifica las condiciones, requisitos y características del crédito que se le otorga. Este documento sirve como notificación formal y constancia de todos los términos acordados en la operación crediticia.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La apertura de crédito documentado podrá ser notificada al beneficiario mediante carta de crédito en la que se harán constar las condiciones, los requisitos y la naturaleza del crédito concedido.