Artículo 951 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Las cartas de crédito tienen una vigencia de seis meses desde su emisión, a menos que las partes acuerden un plazo diferente. Una vez vencido el plazo establecido en la carta o el de seis meses si no se especifica otro, la carta de crédito se cancela automáticamente y pierde su validez.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Salvo convenio en contrario, el término de las cartas de crédito será de seis (6) meses contados desde la fecha de su expedición. Pasado el término que en la carta se señale, o transcurrido, en caso contrario, el que indica este artículo, la carta quedará cancelada.