Artículo 12 del Código de Familia de Honduras

En palabras simples

El compromiso o promesa de contraer matrimonio en el futuro no tiene validez legal en Honduras, por lo que no genera obligaciones vinculantes entre las partes. Ningún tribunal ni autoridad puede conocer demandas o reclamos que se basen en el incumplimiento de un compromiso matrimonial futuro.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La ley no reconoce compromisos para contraer matrimonio futuro. Ningún tribunal de justicia ni autoridad alguna de cualquier otro orden, admitirá reclamación basada en tal concepto.