Artículo 190 del Código de Familia de Honduras
En palabras simples
Los padres e hijos tienen la obligación de respetarse y considerarse mutuamente. Los hijos que están bajo patria potestad deben obedecer a sus padres como parte de esa relación de autoridad y responsabilidad familiar.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Los padres y los hijos se deben respeto y consideración mutuos. Los hijos, sujetos a patria potestad deben obediencia a sus padres.