Artículo 190 del Código de Familia de Honduras

En palabras simples

Los padres e hijos tienen la obligación de respetarse y considerarse mutuamente. Los hijos que están bajo patria potestad deben obedecer a sus padres como parte de esa relación de autoridad y responsabilidad familiar.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Los padres y los hijos se deben respeto y consideración mutuos. Los hijos, sujetos a patria potestad deben obediencia a sus padres.