Artículo 244 del Código de Familia de Honduras

En palabras simples

Los cónyuges que deseen disolver el matrimonio de mutuo acuerdo deben presentar una solicitud escrita ante el juez de su domicilio acompañada de certificaciones del Registro Civil que demuestren su edad y estado civil, así como actas de nacimiento de los hijos menores si existen. La solicitud debe incluir una propuesta de convenio regulador que cumpla con lo establecido en el Código Procesal Civil para regular los efectos de la disolución del vínculo matrimonial.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Los cónyuges que intenten disolver el vínculo matrimonial por mutuo consentimiento, presentarán personalmente y por escrito su solicitud al juez competente de su domicilio acompañando los documentos siguientes:

Certificaciones expedidas por el Registro Civil en que conste su edad y su calidad de casados; y,Certificación de actas de nacimiento de hijos menores, si los hubiere.Propuesta del convenio regulador cuyo contenido deberá ser a lo establecido en el Código Procesal Civil.