Artículo 249 del Código de Familia de Honduras

En palabras simples

El matrimonio que adolece de un vicio de nulidad pero fue contraído de buena fe por ambos cónyuges produce todos sus efectos civiles mientras permanezca vigente. Una vez que se declare la nulidad, el matrimonio tendrá las mismas consecuencias legales que un divorcio.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El matrimonio viciado de nulidad contraído de buena fe por ambos cónyuges, producirá todos sus efectos civiles mientras subsista. Una vez anulado producirá los mismos efectos que el divorcio.