Artículo 309 del Código de Familia de Honduras
En palabras simples
Cuando un tutor o protutor son removidos de sus funciones por su propia culpa, pierden el derecho a recibir cualquier tipo de compensación económica por el trabajo realizado. Esta disposición busca sancionar a quienes incumplen sus deberes en la administración de la tutela.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Cuando el tutor y el protutor hubieren sido removidos por su culpa, no tendrán derecho a recibir retribución alguna.