Artículo 310 del Código de Familia de Honduras

En palabras simples

El tutor debe mantener un registro detallado y documentado de todas las acciones que realiza en la administración de los bienes del pupilo. Cuando termine su cargo, está obligado a presentar una memoria que resuma todas las operaciones que realizó durante su gestión.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El tutor está obligado a llevar cuenta exacta y documentada de todas las operaciones de su administración. Al final de su cargo, presentará una memoria que resuma los actos llevados a cabo.