Artículo 333 del Código de Familia de Honduras
En palabras simples
El Código se aplica a todos los actos que surjan a partir de su entrada en vigencia, incluidos los efectos futuros de actos anteriores. Los actos jurídicos que nacieron mientras estaban en vigor las leyes anteriores se rigen por esas leyes previas y no por el nuevo Código.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El presente Código se aplicará a los actos originados a partir de su vigencia, así como a los efectos futuros de los actos originados bajo el imperio de las leyes anteriores. El nacimiento de los actos jurídicos ocurridos durante la vigencia de las leyes anteriores, se regirán por dichas leyes.