Artículo 53 del Código de Familia de Honduras
En palabras simples
Cuando una persona inicia una vida en común con alguien que ya tiene una unión de hecho registrada con otra persona, sabiendo esta situación, pierde la protección legal que otorga la ley. Esta pérdida de derechos se mantiene hasta que la unión anterior se disuelva legalmente y se liquiden los bienes que fueron comunes en esa relación previa.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La mujer que a sabiendas de que el varón tiene registrada su unión de hecho con otra mujer, y el hombre que a sabiendas de que la mujer tiene registrada su unión de hechocon otro hombre, hicieren vida común, no gozarán de la protección de la ley, mientras la unión registrada no hubiere sido disuelta legalmente y liquidados los bienes comunes.