Artículo 79 del Código de Familia de Honduras

En palabras simples

En caso de separación de hecho, el cónyuge que fue responsable de la ruptura del matrimonio pierde su derecho a participar en los gananciales generados durante el período en que estuvieron separados. Esta disposición busca sancionar al cónyuge culpable al privarlo de los bienes adquiridos conjuntamente mientras duró la separación.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

En caso de separación de hecho, el cónyuge culpable no tendrá derecho a gananciales durante el tiempo de la separación.