Artículo 80 del Código de Familia de Honduras

En palabras simples

El cónyuge que actúa de mala fe en un matrimonio declarado nulo pierde su derecho a participar en los bienes que formaron parte de la comunidad matrimonial. Esta disposición busca sancionar al cónyuge que incumplió dolosamente con los requisitos legales para contraer matrimonio válido. El cónyuge de buena fe conserva sus derechos sobre los bienes comunitarios.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Cuando se declare la nulidad del matrimonio, el cónyuge que hubiere obrado de mala fe no tendrá participación en los bienes de la comunidad matrimonial, cuando procediere.