Artículo 155 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

El patrono está obligado a permitir que el trabajador doméstico asista a clases nocturnas, facilitándole la oportunidad de continuar su formación educativa. Este derecho reconoce la importancia de la educación para los trabajadores del hogar, garantizando que puedan compatibilizar sus labores con sus estudios.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El trabajador doméstico tiene derecho a que su patrono le dé oportunidad para asistir a la escuela nocturna.