Artículo 196 del Código del Trabajo de Honduras
En palabras simples
Las empresas que se dedican a la agricultura, ganadería o silvicultura tienen la obligación legal de implementar medidas preventivas para eliminar las enfermedades propias de las zonas tropicales. Estas medidas son consideradas obligatorias y deben ser adoptadas como parte de las responsabilidades de estas empresas en Honduras.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Las empresas agrícolas, ganaderas o forestales están obligadas a adoptar las medidas profilácticas tendientes a erradicar las enfermedades tropicales.